Cómo recurrir una multa de radar cuando se ha aplicado mal el margen de error

Las sanciones que con mayor frecuencia son impuestas a los conductores, son aquellas relacionadas con los excesos de velocidad y que son captadas por los radares que actualmente se encuentran instalados en nuestras carreteras o bien son utilizados por las autoridades competentes para controlar determinados puntos durante un periodo de tiempo previamente establecido. La DGT pone cada año unos 2´2 millones de multas por circular a velocidad indebida y estas infracciones son captadas por los más de 850 radares fijos y móviles de los que dispone este organismo.

Sin embargo, muchas de estas multas terminan siendo anuladas debido a que no se ha aplicado correctamente el margen de error del radar.

velocimetro coche

¿Cuál es el margen de error de los radares?

Hace aproximadamente un año que la DGT puso en marcha el Umbral de Tolerancia 7 en sus radares y del cual ya nos hicimos eco en este blog.

Por tanto, desde que se anunció dicha medida, el margen de error en velocidades inferiores a 100 km/h es de 7 km/h, mientras que a velocidades superiores el margen de error es del 7% de la velocidad a la circule el vehículo.

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¿Cómo recurrir una multa de radar cuando se ha aplicado mal el margen o no se ha tenido en cuenta?

En algunos casos, los conductores reciben multas relacionadas con excesos de velocidad captados por un radar, pero en las que no se ha aplicado correctamente el margen de error o en las que ni siquiera se ha tenido en cuenta el mismo.

Si nos encontramos en esta situación, tendremos que formular las alegaciones incluyendo información que haga referencia al funcionamiento y la situación del radar, solicitando las pruebas que lo acrediten e incluyendo la fotografía original que acompañe a la notificación de la sanción. Será importante mencionar lo siguiente:

  • El número de antena del radar con el que se hizo la fotografía que acompaña a la denuncia.
  • Las características del radar incluidas en el boletín de denuncia, así como el margen de error vigente y no especificado en la multa.
  • El punto exacto donde se encuentra instalado el radar.

La administración debe acreditar en todo momento el margen de error que ha aplicado el radar y en función de la normativa vigente. Además, es importante saber que los radares han de someterse de manera regular a diversos controles para certificar su correcto funcionamiento de cara a mantener la veracidad de las sanciones que se impongan y que se deriven de su uso.

radar camion

También conviene estar al tanto de que los radares móviles deben contar con el cómputo del margen de error normativo según la Orden ITC 312312010 y esta información ha de quedar reflejada tanto en el atestado inicial, como en la posterior apelación. Si no se aportan dichas pruebas se estaría vulnerando el Artículo 24.2 de la CE, relacionado con la defensa del ciudadano.